Beneficia a un millón y medio de personas en todo el paÃs. Se acordó un pago de 100 pesos no remunerativos durante enero, más otros 300 cuyos pagos se repartirán en tres meses.
El sindicato de Empleados de Comercio, y las cámaras del sector acordaron hoy para el millón y medio de empleados del sector, el pago de 100 pesos no remunerativos durante enero, otros 300 cuyos pagos se repartirá hasta abril, más el aumento del 50 por ciento en los pagos por antigüedad, y la prórroga hasta el 30 de junio de las asignaciones no remunerativas.
El anuncio lo realizó la Cámara Argentina de Comercio, a través de un comunicado, cuyo titular, Carlos de la Vega, firmará esta tarde en el Ministerio de Trabajo, el acta de acuerdo con el titular del gremio de los Mercantiles, Armando Cavallieri, junto a otras entidades empresariales.
El acuerdo, que regirá de manera retroactiva desde el 1 de noviembre de 2009, y se extenderá hasta el 30 de abril de 2010, establece que no habrá aumentos para los meses de noviembre y diciembre últimos.
Además, se prorrogan hasta el 30 de junio las asignaciones no remunerativas establecidas en 2008 y 2009 que debÃan incorporarse a los salarios y pagar aportes a partir de este mes y el próximo.
Esto significa que las horas extras y vacaciones continúan liquidándose sobre los básicos de convenio establecidos en 2008.
Todas las sumas no remunerativas comienzan a incorporarse a los básicos con carácter remunerativo el 1º de julio de 2010 en 12 cuotas proporcionales de 8,33 por ciento hasta el 30 de junio de 2011, contemplando los aportes que correspondan al trabajador. Los empleadores que asà lo deseen, podrán anticipar la incorporación.
A partir de enero se establece una nueva asignación no remunerativa de 100 pesos, que será proporcional para los que se desempeñen en jornada reducida. Esta nueva asignación se compensa con los aumentos salariales otorgados por las empresas desde el 1º de septiembre de 2009.
Además, se otorga una asignación compensatoria especial y extraordinaria de carácter no remunerativo, por única vez, de 300 pesos, que se liquidará por rubro separado y se hará efectiva en 4 cuotas de 75 pesos, entre enero y abril de 2010, extinguiéndose con la última cuota toda obligación de pago por dicho concepto.
El adicional que por antigüedad establecen las escalas vigentes se incrementarán un 50 por ciento a partir del mes de mayo 2010 y la otra mitad no acumulativa a partir de diciembre de 2010.